Importante y a tener en cuenta sobre la nueva PAC:
Para poder cobrar las subvenciones agrícolas a partir de 2014, el titular de la explotación agrícola debe ser agricultor activo.
Eso quiere decir que en la declaración de la renta del 2014 (IRPF) , al menos el 20% de los ingresos agrarios deben proceder de ventas de productos agrarios; es decir, de haber vendido producciones agrarias.
Por tanto, la subvención debe suponer, como máximo, el 80 % de todos los ingresos agrarios.
Ya nos lo contaron hace varios meses en Riogordo.
Os dejo un video de Asaja, que explica el tema.
http://youtu.be/m8QgyRS-gKQ
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