Quiero seguir desgranando el
Real Decreto 1311 de 2012. Desde mi condición de agricultor y técnico,
quiero haceros conscientes de la importancia y repercusión de esta legislación.
Hoy os quiero hablar sobre el
destino final de los ENVASES DE FITOSANITARIOS.
No hace muchos años en esta
localidad (Y en otras muchas) era muy frecuente y normal encontrarte un envase
de "líquido herbicida" colgado de un olivo o almendro. Esto se hacía
con la intención de AVISAR que se habia efectuado un tratamiento a la hierba.
(Tal y como se ve en la foto que adjunto).
Hoy en día esto casi no se
hace, (la foto es de hace pocos días).
El destino que marca la
legislación, es la ENTREGA DE LOS ENVASES A UN GESTOR autorizado DE RESIDUOS DE
ENVASES AGRARIOS o en un PUNTO DE RECOGIDA AUTORIZADO.
En nuestro caso podemos
entregarlos en la cooperativa. Debemos pedir un justificante de la entrega que
hemos realizado, pues si nos inspeccionan entre otras cosas nos pedirán este
justificante; recuerdo que ya hace varios meses a la hora de comprar
fitosanitarios queda registrado que has comprado, cuanta cantidad, cuando, etc
y debe coincidir las compras de envases con las entregas.
Os dejo un enlace interesante
de un video:
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